CAROLINA- Como “irrazonable y de mala fe” describió el Tribunal Federal las actuaciones de Iris Sánchez y su abogado, el licenciado Manny Suárez, durante un proceso de demanda que estos radicaron en contra del Municipio de Carolina, tras desestimar la misma en su sentencia final del caso.
El 30 de septiembre de 2014, y tras concluir tres años de litigación, el foro federal desestimó con perjuicio la demanda radicada por Sánchez quien había alegado ser discriminada por razones de género y que el Municipio había incurrido en violación a sus derechos civiles.
“La determinación federal pone punto final a este litigio ya que termina la controversia sin posibilidad alguna de que pueda presentarse nuevamente”, explicó la licenciada Carmen D. Longoria, directora del Departamento de Asuntos Legales del Municipio Autónomo de Carolina.
Según establecido en la mencionada orden de archivo, durante el proceso judicial, el expediente del caso tiene 291 gestiones que incluyen por parte de la demandante, y su abogado el licenciado Manny Suárez, repetidos incumplimientos y severas violaciones a las órdenes emitidas por el Tribunal. Entre éstas, cancelaciones injustificadas a deposiciones y otros trámites generales, utilizando innumerables excusas irrazonables que dejaron en evidencia la mala fe de la parte demandante y su abogado en el curso de la litigación.
El documento establece además que tanto la demandante como su abogado entorpecieron arbitrariamente los procesos de descubrimiento de prueba e hicieron perder tiempo y dinero al Municipio, además de causarles un daño severo, manifiesto e injusto.
“El Municipio de Carolina y el alcalde José Carlos Aponte mantienen una política pública que no solo rechaza, sino que también repudia el discrimen como conducta entre sus empleados, ciudadanos y personas en general”, añadió Longoria.
A su vez, la sentencia establece que las reiteradas violaciones de la demandante y su abogado el licenciado Manny Suárez, fueron ofensivas y constituyeron serias faltas de respeto a la autoridad del Tribunal Federal, que fue enfático en indicar que tomó su determinación, ya que “ese tipo de conducta errática, presentada por la demandante y su abogado, no puede ser tolerada ni premiada bajo ninguna circunstancia”, señaló el Juez en el documento de sentencia.