Por: Redacción Presencia
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SAN JUAN- El Senado aprobó el pasado miércoles el Proyecto de la Cámara 2212 con enmiendas a los fines de establecer un proceso de reorganización operacional y financiera de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y de la Autoridad de Transporte Integrado (ATI).
El presidente de la Comisión de Hacienda y Finanzas Públicas, José Nadal Power, presentó las enmiendas que buscan transformar el sistema de carreteras y transportación pública en uno moderno, transparente y costo eficiente.
«Hay molestia por cómo durante la pasada administración se aumentó la deuda de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) de $83 millones a sobre $2,100 millones. Se multiplicó por 25 la deuda de la Autoridad de Carreteras sin que se dijese nunca cómo se iba a pagar. Ahora nosotros tenemos que solucionar un problema”, expresó Nadal al presentar las enmiendas a la medida del Ejecutivo.
Entre las enmiendas se establece un término de hasta 30 días luego de la aprobación de esta Ley, para que se constituya un Comité Supervisor, encargado de realizar un Estudio de Viabilidad Fiscal y Operacional de la ACT y la ATI.
El Comité Supervisor estará compuesto por cinco miembros: el Presidente del Banco Gubernamental de Fomento (BGF), el Secretario de Hacienda, el Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Presidente del Senado o un representante seleccionado por el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Representantes o un representante seleccionado por el Presidente de la Cámara de Representantes.
Dicho Comité tendrá 30 días para realizar el Estudio y determinar si la emergencia fiscal y operacional actual de la ACT y de la ATI requiere intervención mediante un Acuerdo para el Mejoramiento de la ACT y de la ATI, o el nombramiento de un Oficial de Emergencia para dichas corporaciones públicas.
Sobre el Plan Fiscal y Operacional preparado por el Oficial de Emergencia éste deberá contener, una estrategia para llevar a cabo las funciones de la ACT y la ATI de acuerdo con los recursos disponibles según el estimado de ingresos que prepare; una estrategia para satisfacer por completo todos los requerimientos del servicio de la deuda de la ACT y la ATI; y un detalle de las acciones que se implementarán mensual y anualmente para reestructurar las finanzas y operaciones de la ACT y de la ATI y remediar la Emergencia Fiscal y Operacional de dichas agencias.
Una solicitud de propuestas que deberá realizarse en o antes del 31 de marzo de 2015 para reorganizar las operaciones de la ATI y algunas operaciones de la ACT mediante una alianza publico privada o concesión.
El Senado también exigió que, tanto la ACT como la ATI, debe publicar periódicamente toda la información fiscal y operacional requerida por Ley. De otra parte, el Senado eliminó el lenguaje que imponía el efecto inflacionario al impuesto sobre el crudo. Por contener enmiendas, la medida pasa ahora a Comité de Conferencia entre Cámara y Senado.