Por: Redacción Presencia
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EL CAPITOLIO- La representante, Luisa «Piti» Gándara, presentó hoy legislación para que las víctimas de agresión sexual o actos lascivos puedan pedir órdenes de protección contra sus agresores, recurso que no tienen actualmente.
Las órdenes de protección en Puerto Rico son restringidas, y se usan solamente cuando ocurren casos de violencia doméstica o acecho. Las víctimas de agresión sexual necesitan una orden de protección particularizada ya que las órdenes de protección existentes bajo la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989 y bajo Ley Contra el Acecho en Puerto Rico, Ley 284 -1999 poseen unas características específicas que, no necesariamente, las víctimas de agresión sexual cumplen con ellas. Por ejemplo, La Ley 54 aplica sólo en relaciones de pareja y la Ley de Acecho únicamente cuando existe un patrón de persecución.
“Esta es una medida de justicia social para las miles de mujeres y niños víctimas de violencia sexual. Ahora las víctimas tienen que ir a probar que ha habido un patrón de acecho para poder obtener una orden de protección. Esto desalienta a la víctima al ser un proceso largo con el que la víctima de violación o actos lascivos no cumple necesariamente”, añadió.
Dicha orden podrá obligar al agresor de abstenerse de molestar, hostigar, perseguir, intimidar, amenazar, o de cualesquiera otra forma descrita bajo la Ley de acecho, dirigidas a la víctima. También ordenaría al agresor de abstenerse de penetrar en cualquier lugar donde ésta se encuentre. La necesidad de esta orden se dramatiza sobre todo cuando existen casos de agresión sexual intrafamiliar, como suele ser en la mayoría de los casos de abuso sexual contra menores.
El Proyecto propuesto crearía la “Ley para la protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico” con el fin de desarrollar órdenes de protección para víctimas de agresión sexual y actos lascivos, según tipificados por el Código Penal de Puerto Rico del 2012.
“Hay casos donde luego de la violación, la víctima identifica al agresor y éste la intimida para que no testifique. También hay casos de menores donde el agresor es parte del núcleo familiar o un conocido y ese menor continúa viendo y relacionándose con ese agresor. Este los ayuda a desvincularse de ese agresor para poder comenzar el proceso de sanación”, dijo Gándara.
El Proyecto busca compensar a las víctimas por los daños causados por la conducta de agresión sexual o actos lascivos, como gastos de mudanza, por reparaciones a la propiedad, gastos legales, médicos, siquiátricos, de sicólogos y de consejería, orientación, alojamiento, entre otros. También provee para que se desarme temporera o permanentemente a aquellos agresores con permisos de portación de armas.
Según estimados del Centro de Control de Enfermedades del Departamento de Salud Federal sólo el 16 por ciento de los casos de violencia sexual son reportados a las Autoridades. Sin embargo, en Puerto Rico las estadísticas de violencia sexual demuestran una baja en los casos reportados lo que apunta que las agresiones de índole sexual no están siendo reportadas. Según el Departamento de la Familia, en los últimos dos años se han reportado unos 2,780 incidentes.