Por: Redacción Presencia
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SAN JUAN- La Junta de Gobierno de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) aprobó hoy una resolución interpretativa en la que exigió a la empresa AES Puerto Rico, cuya instalación ubica en el barrio Jobos de Guayama, a disponer las cenizas y agregado Agremax.
Éstas se generan como parte de su operación, únicamente en celdas de Sistemas de Relleno Sanitario (SRS) que cuenten con revestimiento compuesto o material geo sintético (“liner”) y que cumplan con la Regulación Federal bajo el Subtítulo D del Resource Conservation and Recovery Act (RCRA) y del Reglamento para el Manejo de Desperdicios Sólidos No Peligrosos de 1997, según enmendado.
“Debemos mencionar que las comunidades y algunos municipios nos han expresado su preocupación por el manejo de este material. La JCA entiende que con esta resolución nos aseguramos de que la disposición y el manejo de las cenizas cumple con las condiciones requeridas para proteger el medioambiente y la salud pública”, expresó la presidenta de la JCA, la licenciada Laura Vélez Vélez en un comunicado de prensa.
La Resolución R-14-27-20 además establece que, “cualquier uso beneficioso que se proponga para los residuos de combustión de carbón deberá someterse a la consideración de la Junta y sólo podrá utilizarse una vez se obtenga una autorización por parte de esta Junta”.
De igual manera, “se advierte que todo Sistema de Relleno Sanitario que interese y sea elegible para recibir los residuos de combustión de carbón para disposición, deberá solicitar a la JCA, previo al recibo, una modificación a su permiso de operación”.
Además, la instalación deberá presentar para la aprobación de la JCA un plan de operación y de emergencia enmendado, que deberá, como mínimo, incluir métodos adecuados para controlar el material particulado y compactar el desperdicio; una descripción del equipo de seguridad y protección de los operadores y empleados de la instalación; una descripción detallada del sistema de control de escorrentías y una descripción del plan de monitoreo de aguas subterráneas.
Con esta determinación la Junta de Gobierno de la JCA además revocó dos resoluciones del pasado en las que se establecía que la empresa AES Puerto Rico, estaba exenta de cumplir con disposiciones del Reglamento Para el Manejo de los Desperdicios No Peligrosos.
Las resoluciones datan del 1996 y 2000. En ese entonces, previo a la construcción de la instalación, la JCA determinó que la ceniza no debía ser considerada como un desperdicio sólido no peligroso toda vez que la misma no sería descartada, desechada, abandonada, ni dispuesta en este proceso, sino que sería utilizada como materia prima para producir agregado manufacturado como producto final y la misma no sería almacenada indefinidamente en la facilidad.
Tras una inspección a la instalación realizada el 13 de septiembre de 2013, la JCA halló que el proceso de producción del agregado manufacturado (Agremax) es contrario a lo representado en principio por la AES ya que la ceniza generada en la planta no está siendo convertida en dicho material dentro de la instalación siguiendo el proceso detallado por la propia empresa en su origen.