SAN JUAN – Con la firma del gobernador Pierluisi quedó aprobado el P. de la C. 1053 de la autoría del representante por el Distrito 39, Roberto Rivera, que enmienda aspectos significativos del Código Municipal de Puerto Rico y la Ley General de Expropiación Forzosa para que los municipios cuenten con un proceso sumario más ágil y rápido al momento de expropiar una propiedad que ha sido previamente declarada estorbo público.
Con la aprobación de la ahora Ley 114-2024, los municipios ya no están obligados a depositar de antemano la justa compensación como parte del trámite judicial de expropiación, salvo comparezca al pleito alguna persona con derecho sobre la titularidad del inmueble, o sea con “standing” como lo sería un heredero o dueño registral.
Este nuevo trámite, no solo permitirá que una propiedad declarada estorbo público pueda ser eventualmente ocupada como vivienda, sino que aquellos inmuebles que puedan ser rehabilitados como residencia, el municipio concederá el término de un (1) año al ciudadano interesado, para que pueda asegurar los fondos, ayudas o cualquier otro método disponible para satisfacer la justa compensación y gastos asociados al proceso de expropiación forzosa.
“La aprobación de esta medida es un reconocimiento a la autonomía municipal, toda vez que deja en manos de los municipios los parámetros para vender las propiedades y generar un ingreso adicional para estos en momentos de recortes y estrechez económica; pero más importante aún, atiende la problemática de estructuras abandonadas, focos de criminalidad y problemas de salud hasta convertirla en opciones reales de vivienda asequible.
Ahora, hay que provocar que exista la voluntad de los gobiernos locales para hacerle justicia a las comunidades que por muchos años han sufrido los efectos adversos de tener estructuras abandonadas en sus vecindarios. El momento de cambiar ese escenario es ahora, y ese debe ser el compromiso de los alcaldes hacia las comunidades que viven esta problemática social” sostuvo el representante Rivera.
La medida, que recibió el endoso de las entidades de alcaldes asociados y federados del país, además de atender la problemática de los estorbos públicos en el país, incrementa el inventario de vivienda asequible en la isla, al proveerle la oportunidad a familias de ingresos bajos y moderados de adquirir una vivienda de interés social.
“Las enmiendas incorporadas procuran el fiel cumplimiento de la política pública de restaurar comunidades y vecindarios en franco deterioro, además de apoyar la retención y el aumento poblacional que perseguimos para el país. Cónsono con esto, esta ley permite a los municipios obtener ingresos adicionales con la venta de estas propiedades y de esta forma, aliviar su situación presupuestaria” acotó Rivera, representante por el Distrito 39 (Carolina- Trujillo Alto)”.