Pedro A. Rodríguez González, alcalde del Municipio Autónomo de Trujillo Alto. (Foto/Suministrada) |
SAN JUAN – Al concurrir con el informe de investigación preliminar sometido por el Departamento de Justicia, el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente desestimó una querella presentada contra Pedro Rodríguez González, alcalde de Trujillo Alto, por supuesto patrón de hostigamiento sexual.
Los miembros del Panel justipreciaron toda la prueba y documentación sometida con el informe rendido por la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) de Justicia, que había concluido que el testimonio de la querellante era mendaz.
Aunque consecuente en el empeño de fortalecer la política pública en contra del hostigamiento sexual, el Panel aquilató la prueba y testimonios obtenidos y encontró que no surge evidencia fáctica alguna del alegado patrón del que se le acusaba al alcalde. Expresó que, precisamente por la seriedad que entraña un señalamiento de esta naturaleza, en los casos en que no surge evidencia alguna de alegado hostigamiento, es su obligación así confirmarlo.
Por el contrario, los intercambios de mensajes vía textos telefónicos, revelan que la querellante fue quien originó la mayoría de ellos entre las partes. Más aún, todos los mensajes de índole sexual, fueron generados por la querellante, quien labora como policía municipal en la ciudad.
Una de sus alegaciones giró sobre alegadas represalias del Ejecutivo Municipal, cambiándole el horario de trabajo a la querellante. No obstante, el informe de la DIPAC detalló que los cambios tuvieron el propósito de optimizar los turnos de todos los policías y maximizar el uso del recurso humano disponible para prevención de la delincuencia y protección ciudadana.
Para ninguna de las incidencias adicionales relatadas por la querellante, se encontró evidencia que sustentara el alegado patrón de hostigamiento sexual.
El Panel determinó, acoger la recomendación del Secretario de Justicia de no asignar un Fiscal Especial Independiente al alcalde, Rodríguez González, por lo que ordenó el archivo definitivo de este asunto, sin trámite ulterior.