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diciembre 23, 2024
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Escandalizada Senadora con altos costos en los cuidos para personas de la tercera edad

Nayda Venegas Brown, presidenta de la Comisión de Bienestar Social del Senado. (Foto/Suministrada)
Nayda Venegas Brown, presidenta de la Comisión de Bienestar Social del Senado. (Foto/Suministrada)

SAN JUAN – La presidenta de la Comisión de Bienestar Social del Senado, Nayda Venegas Brown se expresó escandalizada con los altos costos de los Cuidos para personas de la tercera edad, ya que los mismo fluctúan entre los $1,500 a $1,700 mensuales en los centros que no cuentan con todos los servicios con los que cuenta uno, que la Asociación de Dueños de Cuido Prolongado, llaman de 5 estrellas donde el costo fluctúa entre los 3 mil a 4 mil dólares y no incluyen los pañales, deducibles por medicamentos ni deducibles por servicio médico. “Estoy escandalizada, bien escandalizada con estos costos”, recalcó la legisladora.

Y a esto se añade que existen cuidos clandestinos, o sea que operan sin contar con las licencias establecidas por el Estado y cuando los descubren se le otorgan 60 días para que obtengan su licencia, pero no existe penalidad por estar operando en contra de la ley. “No se le puede pasar la manita a los centros clandestinos tenemos que hacer algo. No puede ser que se le dé un término de 60 días para ponerse en ley y no hayan repercusiones fuertes”, enfatizó la senadora Venegas Brown.

Esta información salió a relucir en una vista pública de la comisión antes mencionada sobre la Resolución del Senado 7 de la senadora Zoé Laboy y la Resolución del Senado 149 del senador Angel “Chayanne” Martínez, ambas, relacionadas al funcionamiento de los cuidos de ancianos y el rol del Departamento de la Familia sobre estos centros.

La Asociación de Dueños de Centros de Cuido Prolongado también trajo a colación que en muchos centros hay listas de espera para poder aceptar a un cliente. Estos avalaron la R del S 7 considerando que la acogen con beneplácito y entienden que es una medida urgente, necesaria y facilitadora que propiciará servicios de fácil acceder respondiendo a la importancia de establecer una estructura sencilla de inventario de servicios para la población.

Pero sin embargo refutaron y condenaron la Exposición de Motivos de la R del S 149. Según la Presidenta de la Asociación, Brenda Rodríguez Claudio, la función que han tenido los Centros de Cuido durante y después del paso del huracán María ha sido encomiable. “Nos llama la atención el contenido de la Exposición de Motivos, ya que desde nuestra valoración, se sustenta en absolutos que no representan la realidad de nuestra industria. Es importante y necesario se reformule la misma, desde información contrastada, justa y sin generalizaciones, las cuales afectan el rol de la industria de cuido prolongado en nuestro país”, resaltó Rodríguez Claudio.

La Exposición de Motivos a la que la Asociación hace referencia establece que “recientemente, ha trascendido en la prensa casos de maltratos hacia estos ancianos y se ha informado que muchas de estas instituciones no cuentan con las certificaciones correspondientes no con los permisos requeridos por el Estado. Además, han surgido alegaciones de que el personal de estos centros no están debidamente adiestrados y no cuentan con los requisitos necesarios para atender a esta población”.

Por su parte la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado  recomiendan la revisión del reglamento del 7349 de 2007, ya que el mismo, según la presidenta de la Federación, Tamara Pérez Cruz, “el mencionado reglamento al presente contiene disposiciones e incisos múltiples que son ambiguos y que actualmente son objeto de interpretación y aplicabilidad poco uniforme por las Oficinas Regionales y basado en criterios subjetivos. Uno de los grandes retos de la industria de cuidado asistencial en la isla es que el estatuto regulatorio contiene múltiples disposiciones ambiguas que en su aplicabilidad resultan discriminatorias o no están atemperadas a la realidad del cuidado asistencia y a las necesidades de nuestros adultos mayores”, denunció Pérez Cruz.

Por su parte, el Cuerpo de Bomberos aseguró no han cerrado, hasta el momento, ningún centro de cuido por no contar con los rociadores para incendios, una de las grandes preocupaciones de los propietarios de estos centros por su alto costo. El licenciado Luis Cordero Rivera, quien asistió a la vista pública en representación del Comisionado del Negociado de Bomberos, certificó que se les da un término de dos años para que lo tengan disponible. Por su parte el inspector Ulises Ríos indicó que el costo de estos rociadores van desde los $9,000 hasta un cuarto de millón de dólares.

El Departamento de la Familia citado a la vista pública, aseguró que se esta cumpliendo con la Ley 94 de 1977 que establece que dicho departamento debe por lo menos visitar los centros una vez cada tres meses, contradiciendo así la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, quienes en ponencia enviada, aseguran Familia no está cumpliendo con las visitas que requiere la ley 94, indicando estos últimos que “la presencia de personal de Licenciamiento en los mencionados establecimientos, cada tres meses, es fundamental para supervisar de forma efectiva el cumplimiento con leyes estatales y demás regulaciones”.

El Departamento de la Familia indicó a preguntas de la senadora Venegas Brown, que actualmente hay aproximadamente 30 mil personas de la población de edad avanzada.

La Resolución del Senado 7 de la autoría de la senadora Zoé Laboy Alvarado le ordena a la Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Familia del Senado realizar una investigación exhaustiva en torno a los procesos, requisitos y licencias que exige la Unidad de Licenciamiento del Departamento de Familia para operar centros de cuido de nuestras personas de edad avanzada a fin de atemperar dichos requerimientos a las necesidades y realidades actuales de dicha comunidad; y desarrollar un inventario de servicios disponibles para esta población en Puerto Rico.

Mientras la Resolución del Senado 149 del senador Ángel “Chayanne” Martínez también le ordena a dicha Comisión realizar una investigación exhaustiva en torno a cuáles son los criterios que se utilizan para los servicios según la Ley 94 de 1972, de ancianos para admitir a un cliente a sus instalaciones; los requisitos utilizados para reclutar a sus empleados; los servicios y actividades que ofrecen en sus facilidades a la población de edad avanzada; las medidas utilizadas para garantizar la protección y seguridad de estos ancianos.

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