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noviembre 23, 2024
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Buscan resolver entuertos con Retiro de Maestros

Por: Redacción Presencia
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SAN JUAN- El representante, Carlos J. Vargas Ferrer, hizo un llamado al Sistema de Retiro para Maestros para que evalúe todo aquellos casos de maestros que pagaron por servicios prestados no cotizados al sistema bajo la premisa de la vigencia y permanencia de la Ley 160 y la ventana de retiro incluida en la medida, en virtud de la decisión del Tribunal Supremo, que declaró inconstitucional la Ley de Reforma de Retiro para Maestros.

(Foto/Suministrada)
(Foto/Suministrada)

“Sabemos de maestros que invirtieron sus ahorros y tomaron préstamos de hasta $30 mil para pagar los servicios prestados y no cotizados bajo la premisa de poder retirarse antes de la vigencia de la Ley 160 y, en otros casos, aprovechar la ventana de retiro que contemplaba la misma ley declarada inconstitucional.  En esa medida, entendemos prudente que el Sistema de Retiro de Maestros pueda evaluar los casos que pagaron por dichos servicios con sus penalidades y multas, y en caso de que estos exijan su devolución, así lo puedan lograr. Nos parece injusto que aquellos maestros que sacaron dinero de sus bolsillos para cotizar años de servicios adicionales y así poder completar el tiempo para retiro, ahora se encuentren ante una encrucijada por la decisión del Tribunal Supremo», declaró Vargas Ferrer.

Por otro lado, el legislador expresó que la decisión del Tribunal Supremo tiene el efecto de eliminarle la posibilidad de retiro a alrededor de 2,300 maestros mediante la ventana que contemplaba la Ley 160.  Esta ventana de retiro le permitía a aquellos maestros que al 31 de julio de 2014, completaran 28 años o más de servicios y cumplieran 50 años o más de edad, pudieran retirarse con el 70 por ciento de su salario promedio.  En adición a eso, al retirarse a esa fecha, permitía que estos mantuvieran el beneficio de las leyes especiales, cosa que ahora perderán con la decisión del Tribunal Supremo.

También destacó que esta ventana se redactó conscientes de que la cantidad aproximada de maestros que se podían beneficiar de la misma eran alrededor de 2,300.  Esto, según el representante Vargas, contrasta marcadamente con la apreciación del Tribunal Supremo que, en su opinión mayoritaria, expresa que la Legislatura no midió el impacto de esta ley.

Por último, el Legislador sostuvo que no entiende cómo pudo declararse inconstitucional la ventana de Retiro porque el referido artículo en nada menoscaba obligaciones contractuales previas.  Por el contrario, es una disposición provechosa para los maestros que cumplieran con los requisitos de años de servicio y edad.

“Yo no recuerdo un caso donde el Tribunal Supremo haya declarado inconstitucional una ventana de Retiro porque simplemente nadie impugnaría algo que le es beneficioso”, puntualizó.

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