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diciembre 21, 2024
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Exigen se elimine la pensión alimentaria suplementaria

SAN JUAN – El representante popular, Carlos J. Vargas Ferrer, le exigió a la Administración de Sustento de Menores (ASUME) que excluya de las tablas para fijar pensiones alimentarias, que se espera se hagan públicas antes de culminar el mes de mayo, la llamada pensión alimentaria suplementaria.

Carlos Vargas Ferrer, representante. (Foto/Suministrada)
Carlos Vargas Ferrer, representante. (Foto/Suministrada)

“En Puerto Rico, además de la pensión alimentaria básica, se puede fijar otra pensión alimentaria suplementaria que se establece tomando en consideración la responsabilidad que la persona custodia y la no custodia con relación a otros gastos suplementarios de los alimentistas. El cálculo de esta otra pensión depende de la participación de la persona custodia y no custodia en el ingreso neto total de ambas, y a mi juicio, cualquier gasto suplementario que tengan derecho los alimentistas tienen que fijarse en la pensión suplementaria básica y no mediante el establecimiento de dos pensiones”, puntualizó el legislador en un comunicado de prensa.

Vargas Ferrer dijo que según las guías para fijar pensiones alimentarias, actualmente en revisión, el padre o madre alimentante está obligado a pagar dos tipos de pensiones. La primera es la pensión alimentaria básica que se fija tomando en consideración el ingreso neto de la persona no custodia, el número de hijos y sus respectivas edades.

Indicó que el resultado de este cómputo sirve, de acuerdo con las guías, para el pago de gastos mínimos del alimentista entre los que se encuentran, gastos por concepto de alimentación, utilidades, transportación, entretenimiento, vestimenta excepto uniformes, entre otros gastos.

Detalló que la segunda, es la pensión alimentaria suplementaria, que se establece tomando en consideración la responsabilidad que la persona custodia y la no custodia tienen con relación a los gastos suplementarios de los alimentistas a quienes ya se les determinó una pensión alimentaria básica. El cálculo para determinar la pensión alimentaria suplementaria depende de la participación de la persona custodia y no custodia en el ingreso neto total de ambas. De acuerdo con las guías, esta pensión sirve para cubrir gastos de cuido, educación, vivienda y gastos médicos.

“Estoy plenamente convencido que en Puerto Rico, para tener certeza en el asunto de pensiones, debe fijarse una sola pensión alimentaria donde se recojan todas las necesidades de los hijos y que la misma se calcule a base de los ingresos netos de la persona custodia y la no custodia. Es totalmente incomprensible que el padre o madre no custodio esté sujeto al pago de dos pensiones. Y más aún, esté sometido al pago de una pensión suplementaria que puede variar unilateralmente dependiendo lo que persona custodia diga que es o no lo más conveniente para el alimentista”, señaló Vargas Ferrer.

“Como he dicho anteriormente, estamos muy atento a lo que finalmente ocurra con las tablas. Esperamos que acojan las recomendaciones que hemos hecho, como lo son, la exclusión de los ingresos no recurrentes, que la reserva mínima no sea menor de 700 dólares mensuales, que se excluyan los honorarios de abogados, que cualquier modificación a las pensiones sea prospectiva, que no se tomen en consideración los ingresos del nuevo cónyuge, y que se elimine la pensión suplementaria”, añadió.

(CyberNews)

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