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diciembre 23, 2024
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178 hogares de cuidado para personas de edad avanzada operan ilegalmente en la Isla

(Foto/Suministrada)

SAN JUAN – En Puerto Rico hay 17,485 personas de edad avanzada que reciben servicios de hogares y/o establecimientos de cuidados en poco más de 700 centros. Sin embargo, de esta cantidad de hogares 178 operan de forma ilegal por no contar con las licencias y documentos requeridos por el Estado o por situaciones administrativas.

(Foto/Suministrada)

Así lo informó hoy la coordinadora principal del CLD del Ombudsman en la Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPE), Dania Vázquez Díaz, en vista pública de la Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Familia del Senado que preside la senadora Nayda Venegas Brown; al favorecer con enmiendas el Proyecto del Senado 225. Esta pieza legislativa de la autoría de la exprocuradora de Personas de Edad Avanzada, Rossana López León y la senadora  Venegas Brown; pretende crear la ‘Ley para el Licenciamiento y Supervisión de Establecimientos para personas de Edad Avanzada’’ y derogar la ‘Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada’ de 1977 (Ley 94).

Los hogares licenciados por la OPPE son 697. De estos, 51 también tienen licencias de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción (AMSSCA) hizo lo propio con 51 hogares. A estos se unen nueve Casas de Salud entre las que está incluida la de veteranos en Juana Díaz. Por su parte, la oficial examinador de la OPPE, Jessica Padilla Rivera, añadió que de los 178 hogares que operan sin licencia hay 53 en el proceso de vistas administrativas contra el Departamento de la Familia (DF).

“Hacen la solicitud, efectúan los pagos pero están en espera de la evaluación del establecimiento para poder emitirlo”, reconoció Vázquez Díaz. Ante esto, la senadora López León comentó que la cantidad de querellas  puede mermar si se reduce el tiempo de licenciamiento a los departamentos de Bomberos y Salud.

La procuradora de OPPE, Carmen Sánchez Salgado, declaró en un memorial explicativo que la vigencia de la licencia del DF, otorgada a los establecimientos de cuidado de larga duración es de dos años. Sin embargo, la medida propone aumentar la licencia a cinco años pero los establecimientos necesitan otras licencias, endosos y permisos para obtener la licencia del DF y poder operar y que todos son requisitos para mantenerla vigente.

“A manera de ejemplo, si el endoso de Bomberos, cuya vigencia es de un año se vence, y no se realizan las gestiones de renovación a tiempo, el establecimiento no estaría cumpliendo con los requisitos para mantener dicha licencia. Así las cosas, el periodo de vigencia de cinco años es uno muy extenso, para garantizar que se continúen cumpliendo con los requisitos mínimos, la calidad del servicio requerido y la protección y seguridad de las personas de edad avanzada, ya que, al presente, el DF no cuenta con los recursos humanos necesarias, para cumplir con las visitas trimestrales, según requerido por ley. Como resultado, estas visitas de supervisión a los establecimientos por parte del DF, se realizan una vez al año”, advirtió Sánchez Salgado.

Por su parte, la presidenta de la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD), Brenda Rodríguez Claudio, comentó que las licencias deben de ser de cinco años porque dos años “no es un tiempo prudente para ningún negocio”.

Ante la falta de supervisión por parte del Gobierno a estos centros, la senadora Venegas Brown comentó, en un aparte con la prensa, que “tenemos que trabajar de modo que le demos esa garantía a esa población de que por lo menos el centro de cuido se monitorea tres veces al año. (Las agencias) deben llegar allí de sorpresa porque esto es una realidad y no podemos seguir haciendo leyes que sean letra muerta. Necesitamos ir al centro de cuido y saber que lo que está ocurriendo allí sucede conforme a ley”.

Por su parte, la senadora López León comentó que la Ley 94 de 1977 es “vieja” y con esta medida “se está atemperando a la situación de la nueva población de edad avanzada de Puerto Rico y a la misma vez agilizando el proceso de licenciamiento y garantizando la calidad de los servicios de las personas de edad avanzada”. Asimismo, informo que se introducirá la ‘Ley de Mejoras al Sustento de Personas de Edad Avanzada de Puerto Rico’ (Ley 168) “de manera que se haga un plan de ayuda y apoyo al hogar y que a ese familiar también se incorpore en ese cuidado de larga duración”.

En lo que respecta a los retos que enfrentan los administradores de centros de cuidados de larga duración, la presidenta del Comité de Ética y Legislación de la ADCCLD, Minerva Gómez, admitió que el mayor reto que enfrentan los administradores de centros de cuidado de larga duración es que el “modelo de cuidado prolongado en Puerto Rico debe ser conocido por quienes hacen las leyes y los reglamentos”. Mientras Rodríguez Claudio añadió que otro reto que enfrentan son las regulaciones versus el costo de servicio “que sigue aumentando”.

A preguntas de la senadora Venegas Brown sobre recomendaciones para evitar el maltrato institucional a las personas de edad avanzada la procuradora auxiliar y de protección y defensa de la OPPE, Wilma Cruz Calo, recomendó que se establezcan acuerdos colaborativos y programas de voluntariado con otras agencias del Estado y que se realicen actividades del gusto de este público.  “Es un compromiso de todos”, sentenció.

Se desprende de la pieza legislativa, y citando proyecciones del Negociado del Censo de Estados Unidos que para el año 2020 la población de personas de 60 años o más representará un 26 por ciento de la población total de la Isla. Es decir, una cuarta parte de la población será de edad avanzada y se espera además que para el año 2050, lo sea el 39 por ciento de la población.

La medida fue endosada con enmiendas por la Policía de Puerto Rico y el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia. La Comisión llevará a cabo en los próximos días una reunión con las entidades pertinentes para continuar afinando la pieza legislativa.

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