Por: Redacción Presencia
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SAN JUAN- El Departamento de Justicia de los Estados Unidos y el Negociado de Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) anunciaron hoy un acuerdo para resolver denuncias de discrimen por parte de la compañía GE Capital Bank Retail, conocida a partir de este mes como Synchrony Bank, por involucrarse en un patrón de discrimen a nivel nacional, al excluir a clientes hispanos, particularmente de Puerto Rico, de dos de sus programas de pago de deudas de tarjetas de crédito.
El acuerdo resuelve reclamaciones hechas por el Departamento de Justicia y el CFPB, que alegaban que GE Capital violó la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito (ECOA, por sus siglas en inglés), al excluir clientes que indicaron que preferían las comunicaciones en español o que tenían una dirección postal en Puerto Rico, de dos programas de pago de deuda de tarjetas de crédito.
Este es el mayor acuerdo relacionado con casos de discrimen de tarjetas de crédito alcanzado por el gobierno federal en la historia.
El arreglo proporciona $169 millones en alivios a aproximadamente 108 mil clientes en forma de pagos, y la reducción o exención completa, a los deudores en sus balances de tarjetas de crédito.
Se indicó que GE Capital identificó e informó sobre el discrimen al CFPB, además de haber sido proactivo en tomar medidas para resolver el asuntó, aparte de haber “trabajado estrechamente con el Departamento de Justicia y el CFPB” para identificar y compensar a las víctimas del discrimen.
Específicamente, GE Capital ha proporcionado los beneficios de las ofertas, o su valor equivalente, a aproximadamente 84 mil clientes, totalizando $131.8 millones. A raíz de la liquidación, el Banco proporcionará los restantes $37 millones en pagos, reducciones y exenciones a los prestatarios afectados.
«La flagrante discriminación que ocurrió aquí es ilegal y no será tolerada”, dijo Jocelyn Samuels, subprocurador general interina de la División de Derechos Civiles, al añadir que «los clientes tienen el derecho a las tarjetas de crédito, sin que se les discrimine por su origen nacional, o su lugar de residencia”.