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SAN JUAN – El secretario del Trabajo, Carlos Rivera Santiago, informó el jueves que “en el caso específico de los reclamantes que cualifican para realizar su extensión de beneficios por un total de 13 semanas adicionales totalizan unos 72,962 casos, mientras que otros 29,439 no certifican sus semanas para recibir un retroactivo de 300 dólares por semana que totalizarían 900 dólares.
Instó a que gestionen las reclamaciones en o antes de las fechas límites (26 de diciembre para PEUC y 27 de diciembre para LWA)”.
“Hemos estado notificándole a todos estos reclamantes que son elegibles para estos programas mediante nuestras redes sociales, vía correo electrónico y enviándoles mensajes de texto en varias ocasiones. Estamos cumpliendo con las normativas y procesos que ha establecido el Gobierno Federal para disponer de estas compensaciones pero los reclamantes deben hacer su parte”, añadió Rivera Santiago en comunicación escrita.
En el caso de la extensión de beneficios, el reclamante puede realizar el trámite completamente en línea, en la sección de “Reclamación Semanas Subsiguientes”, luego selecciona “PEUC” y responde las preguntas concernientes al beneficio. En tanto, en el caso de las certificaciones “LWA” el reclamante solo tiene que ingresar su número de seguro social y número de NIP y, marcar “certificar. Ambos procesos los pueden encontrar en la sección de servicios en línea de nuestra página web”.
“Ambos procesos son sumamente simples y accesibles a la ciudadanía, son procesos que no requieren asistencia de ninguno de nuestros técnicos”, informó el Titular del DTRH.
Por otro lado, el Secretario detalló que los individuos cuyos casos de desempleo presentan puntos controvertibles, o confrontan algún tipo de problema en el sistema y no han podido realizar la certificación de LWA, al no haber reclamado las semanas correspondientes al mes de agosto e inicios de septiembre, podrán completar la “Certificación para elegibilidad bajo el Programa “Lost Wages Assistance”. “Esa certificación está también disponible en nuestra pagina web, el reclamante debe completarla y enviarla mediante el “uploader”explicó el titular de la Agencia.