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diciembre 22, 2024
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Victoria para madres y padres de estudiantes de educación especial (Documento)

(Foto/Archivo)

SAN JUAN – En una importante Sentencia para las madres y padres de estudiantes del Programa de Educación Especial, el Tribunal de Apelaciones confirmó una determinación del Tribunal de Primera Instancia que concedía una partida por daños y angustias mentales a madre de estudiante de educación especial, además, confirmó una partida concedida en concepto de honorarios de abogado debido al comportamiento insensible y temerario del Estado durante el proceso.

(Foto/Suministrada)
(Foto/Suministrada)

“No debemos reducir tal incumplimiento a un sencillo cálculo de dólares y centavos, pues lo que para el Estado es una deuda económica, para la señora Iriarte constituye un escollo adicional que atenta contra el derecho de su hijo D.B.V.I a una educación pública y apropiada a sus necesidades particulares” expresó el Tribunal de Apelaciones en su Sentencia. Esto, ante la insistencia del Estado en reclamar que a lo único que tenía derecho la parte demandante era al pago de los intereses por mora.

Documento: Mariana_Iriarte_v._DE_-_Sentencia

Por su parte, la licenciada Mariana Iriarte expresó estar satisfecha con la sentencia. “Estoy muy satisfecha con la determinación del Tribunal de Apelaciones y con la sensibilidad con que se ha abordado el caso. El reclamo del Estado no encuentra sostén en nuestro ordenamiento jurídico y mucho menos desde la perspectiva de derechos humanos que el Departamento de Justicia dice defender. Espero que esta determinación sirva para vindicar los derechos de otros y otras estudiantes como de sus padres y madres. Padres y madres que diariamente batallan con un monstruo burocrático e insensible que incumple o cumple tardíamente en garantizar los derechos constitucionales y humanos de miles de estudiantes y que en la mayoría de los casos no tienen acceso a representación legal. Es hora que acabe la guerra contra los niños y niñas de Educación Especial y se garantice su acceso a la justicia y a recibir una educación apropiada” expresó la abogada en un comunicado de prensa.

Explicó que la acción de daños se originó en el retraso por parte del Estado en reembolsar los costos por servicios educativos pagados por la madre del menor ante la inacción del Departamento de Educación en garantizar al menor el derecho constitucional a una educación apropiada. Así, el Tribunal entendió que las angustias mentales que sufren las madres y los padres de Educación Especial debido al incumplimiento del Departamento de Educación en proveer los servicios, son compensables.

Finalmente, el licenciado Torres, abogado de la demandante, sostuvo que la sentencia ratifica el derecho de la licencida Iriarte, madre del estudiante, a ser compensada por los daños ocasionados ante el retraso del Departamento de Educación en cumplir con la Resolución administrativa que les impuso la obligación de realizar los reembolsos de los servicios educativos del estudiante dentro del término de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación de la misma.

Torres Valentín concluyó diciendo que “la sentencia del Tribunal de Apelaciones reconoce y valida el esfuerzo y sacrificio que día a día realizan miles de madres, padres y encargados de estudiantes de educación especial, a través de toda la Isla, para preservar el derecho constitucional a la educación de sus hijos e hijas. Estoy seguro de que la agencia pondrá mayor empeño en reembolsar a tiempo el dinero que adeudan a madres, padres y encargados de estudiantes registrados en el programa de educación especial”.

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