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diciembre 22, 2024
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Alcaldesa de Canóvanas satisfecha con determinación en caso de querella de Ética

Lornna Soto, alcaldesa de Canóvanas. (Foto/Archivo)
Lornna Soto, alcaldesa de Canóvanas. (Foto/Archivo)

CANÓVANAS – La alcaldesa de Canóvanas, Lornna Soto se mostró satisfecha con la determinación del Tribunal Apelativo que concluye que la Oficina de Ética Gubernamental no tenía razón en los planteamientos y solicitud de multa en relación a una querella que radicaron varios empleados municipales específicamente durante el proceso de primarias del año 2016.

La alcaldesa Lornna Soto explicó que “ha sido un proceso bien injusto para mí y mi familia, porque en mi carrera profesional y política siempre la gente en Puerto Rico, no tan solo los canovanenses, me han conocido por mi trabajo, dedicación, compromiso y por levantar la voz para exigir lo que le corresponde a mi gente. El trabajo lo hemos hecho en beneficio de todos, lo que hicieron los empleados lamentablemente fue dejarse utilizar por algunas personas que no querían que la obra y el progreso continuara en nuestro pueblo”.

La Primera Ejecutiva Municipal añadió que “es importante que el pueblo puertorriqueño y los canovanenses estén claros que para mí este proceso tan amargo finalizó con la determinación del Tribunal Apelativo. Con esto quiero dejar establecido, que sigo enfocada en mi lucha por buscar el mejor bienestar de todos los canovanenses, que nada ni nadie me va a quitar el entusiasmo por continuar sirviendo a mi gente con la rectitud que siempre me ha caracterizado. Este proceso nos ha enseñado que tenemos que continuar siendo firmes en nuestras convicciones y que no podemos desenfocarnos en nuestra labor porque algún empleado, compañero o persona externa que no tenga compromiso, ni deseos de trabajar empañe todo un trabajo realizado en el servicio público”.

Por su parte, el licenciado Garffer dejo saber que “estamos muy satisfechos con la decisión del Tribunal Apelativo, ya que a todas luces fue un proceso injusto y politiquero por parte de algunos opositores quienes se atrevieron a usar el buen nombre de la OEG para adelantar la causa de sus candidatos políticos particulares. La OEG es el garante de que nuestros funcionarios públicos obren conforme la ética, la moral y la ley. Utilizar la OEG para otra cosa es un sacrilegio”, puntualizó asesor legal de la Alcaldesa Soto.

Por último, la alcaldesa Lornna Soto indicó, “confió que los empleados públicos que se prestaron para esta injusticia, aprendan la lección de que no se puede hacer querellas por puro capricho o porque alguien les pida que actúen basada en agendas escondidas. Además, mi exhortación a la Oficina de Ética Gubernamental es que es importante actuar con cautela y con sentido de responsabilidad, porque en nuestro caso pudimos contar con una excelente representación legal y con toda la evidencia para sustentar cada alegación que desmentía lo que decían los querellantes, pero el daño emocional a mis hijas y a nuestro pueblo en un momento como el de un proceso electoral y todos estos años, no fue justo y estaba orquestado para hacerme daño político”.

Datos querella:

  • La OEG presentó querella contra la alcaldesa Lornna Soto, el 5 de abril de 2016, meses antes de la primaria del PNP alegando violación a la ley de Ética Gubernamental en su artículo 4.2, b, k, m y s; que en síntesis es utilizar cargo público para beneficio personal en este caso como candidata a la alcaldía.
  • El licenciado Jerome Garffer representó a la Alcaldesa.
  • La primera contestación se llevó a cabo el 11 de mayo de 2016. La OEG había anunciado un total de 13 testigos.
  • La OEG presentó una querella enmendada donde subsanó errores cometidos.
  • Luego de esto y después de tomar deposiciones por la parte querellada la OEG decidió presentar solo 5 testigos.
  • Se llevaron a cabo varias vistas en diciembre de 2016.
  • Los cinco testigos bajo contra interrogatorio del licenciado Garffer demostraron ser opositores políticos de la alcaldesa Lornna Soto, hasta tal punto que varios de ellos ostentaban puestos en las campañas políticas de sus opositores como Director de Campaña, entre otros.
  • Varios de los querellantes cometieron perjurio bajo juramento en la vista y en las deposiciones tomadas.
  • Durante el proceso de las vistas la Oficial Examinadora no permitió que varios de los testigos que presentó la querellada testificarán.
  • El 7 de junio de 2017, la OEG determinó que se le impusiera una sanción de $40 mil dólares por violaciones a la Ley de la OEG, a la Alcaldesa Soto.
  • El licenciado Garffer apeló la determinación, el 21 de octubre de 2018, el Tribunal Apelativo emitió una sentencia revocando resolución de la OEG del 7 de junio de 2017.
  • El Tribunal Apelativo revocó a la OEG debido a que no se le dió la oportunidad a la querellada de presentar testigos y primordialmente porque el testimonio vertido por todos los testigos que presentó la OEG no reunían los requisitos del quantum de la prueba.
  • Durante las vistas quedó demostrado que la Alcaldesa Soto en ningún momento utilizó su puesto para adelantar sus causas como candidata.
  • Se probó que toda reunión fue hecha fuera de horas laborales y sin que hubiera ningún tipo de presión por parte de la Alcaldesa de asistir a las mismas.

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