Justicia contesta en Tribunal Federal demanda por quiebra criolla

07/21/2014

Por: Redacción Presencia
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SAN JUAN- El secretario del Departamento de Justicia, César R. Miranda Rodríguez, anunció hoy la presentación de la moción en solicitud de desestimación del pleito presentado por los fondos Franklin y Oppenheimer en el que se impugnó la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico (Ley 71).

Cesar Miranda (Foto/Suministrada)
Cesar Miranda
(Foto/Suministrada)

Miranda informó que “la Ley 71 no interfiere con la legislación federal de Quiebras. La Ley 71 es similar a leyes existentes en los Estados Unidos. Lo que hace es asegurar el pago de las obligaciones contraídas por algunas de las corporaciones públicas del Estado Libre Asociado en situaciones de emergencia fiscal, al propiciar que puedan renegociar sus deudas dentro de un marco legal claro que garantice un trato igualitario a los acreedores que estén en una posición similar”.

El Secretario mencionó en el comunicado de prensa que en la solicitud de desestimación radicada se discute extensamente la autoridad de Puerto Rico y los estados para promulgar legislación que no esté en conflicto con el Código de Quiebras de los Estados Unidos, especialmente ante el hecho de que dicho Código es por sus propios términos inaplicable a las corporaciones públicas de Puerto Rico. Además, se argumenta que la presentación de la demanda es prematura puesto que a la fecha ninguna corporación pública ha solicitado los remedios disponibles en la Ley.

La demanda fue presentada originalmente el 28 de junio de 2014 en el Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico y fue asignada al juez Francisco Augusto Besosa. La representación legal del ELA y del gobernador, Alejandro García Padilla, está a cargo de los abogados de la División de Litigios Federales del Departamento de Justicia de Puerto Rico, en conjunto con Kirkland & Ellis LLP.

La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) es representada por González, Machado & Roig, LLC y Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP.